El Cónsul Honorario
Como es sabido, y no sólo por los expertos, la función de los Cónsules Honorarios adquiere cada día más, en todos los Países, un papel importante, a veces esencial, en las relaciones internacionales. Prueba de ello, es el Convenio de Viena de 24.04.1963 que en su Capítulo III (en el punto, "régimen aplicable a los funcionarios consulares honorarios") reconoce la equivalencia entre los funcionarios consulares honorarios y de carrera.
Muchos Estados Europeos, con motivo del elevado coste de mantenimiento de las Oficinas Consulares de carrera, han sido poco a poco inducidos a sustituirlas con Representaciones Honorarias.
La confirmación de ello, es el hecho que también Estados muy industrializados (EE.UU., Reino Unido, Bélgica, etc.) o los Países que antes o inmediatamente después del último conflicto mundial habían registrado fuertes inmigraciones - discontinuadas en los años 70´s, especialmente desde Europa (Argentina, Brasil, Venezuela, Uruguay, Estados Unidos, etc.) se sirven hoy del auxilio de los Consulados Honorarios.
Además de eso, han aparecido en la escena internacional muchas naciones recién independizadas, tanto en el continente africano como en el asiático, las cuales, por escasez o falta completa de recursos financieros, han conocido una fuerte emigración de connacionales hacia otros continentes, con la prevalecía del europeo.
De ahí, la necesidad por parte de esos nuevos Estados, de asegurar una asistencia adecuada a sus ciudadanos, a través de Representaciones que, por su gratuidad, no agravasen sus economías nacionales. Estas, no podían más que ser honorarias. Dicho incremento ha contribuido a crear la exigencia en los que han sido encargados a lo largo de los años de esa tarea, cansada y sin embargo prestigiosa, de poder intercambiar conocimientos y experiencias; y eso tanto para un mejor desarrollo de su propio trabajo, como para conseguir una mayor tutela al efecto de garantizar su función.